2.5. Justicia
A comienzos de 2011 se presentó al Parlamento Vasco el informe extraordinario “Infancias vulnerables”, informe síntesis de prácticamente todos los informes del Ararteko publicaos hasta esa fecha sobre la infancia o con apartados específicos dedicados a ella, y de los seguimiento efectuados sobre cada uno de ellos año tras año. Entre los ámbitos en él abordados está el de los adolescentes infractores, con origen en el informe extraordinario de 1998 “Intervención con menores infractores” y objeto de seguimiento anual hasta 2010. Transcurridos casi dos años desde la publicación del informe y las recomendaciones con las que concluía, parecía adecuado efectuar un seguimiento del grado de cumplimiento de éstas, para lo que solicitamos datos e información básica al Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública de Gobierno Vasco.
Una aproximación a los principales datos de evolución de las medidas ejecutadas permiten conocer el mayor o menor grado de aplicación de las mismas, así como las tendencias generales, información básica para la valoración de la recomendación del informe que habla de “aplicar en toda su extensión el marco normativo establecido por la Ley 3/2005 y el Decreto 80/2009”. Estos datos globales nos dicen:
(Tabla 2)
Número de medidas ejecutadas en la CAPV (2009-2012)
Medida | 2009 | 2010 | 2011 | 2012 |
Prestaciones en beneficio de la comunidad | 314 | 347 | 285 | 229 |
Libertad vigilada firme | 310 | 327 | 376 | 297 |
Tratamiento ambulatorio | 22 | 10 | 13 | 8 |
Tareas socioeducativas | 186 | 146 | 137 | 101 |
Internamiento firme | 116 | 209 | 169 | 120 |
Permanencia fin de semana | 152 | 128 | 102 | 121 |
Convivencia con grupo educativo | 5 | 11 | 8 | 7 |
Asistencia a centro de día | 34 | 26 | 37 | 29 |
Definitivas | 1.139 | 1.204 | 1.127 | 912 |
Libertad vigilada cautelar | 30 | 39 | 37 | 36 |
Internamiento cautelar | 67 | 59 | 52 | 41 |
Convivencia cautelar | 3 | 4 | 7 | 3 |
Cautelares | 100 | 102 | 96 | 80 |
Total medidas | 1.239 | 1.306 | 1.223 | 992 |
Variación | 196 | 67 | -83 | -231 |
% Incremento | 18.8 | 5.4 | -6.3 | -18.9 |
Fuente: Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública de Gobierno Vasco
Los años 2009 y 2010 muestran un incremento en el número de medias, bastante más acusado en el primero de ellos (19%). En el año 2011 cambia la tendencia, reduciéndose el número de medidas en un 6,3%, decremento que se hace mayor en 2012 (19%) y que nos sitúan en un nivel de demanda similar al del año 2004.
El descenso de las medidas impuestas se da en los juzgados de menores de los tres territorios: un 12,8% en el de Bilbao, un 18,2% en el de Donostia-San Sebastián y un 34,5% en el de Vitoria-Gasteiz.
En relación con los delitos, a pesar de la reducción global del número de medidas, los delitos relacionados con la violencia intrafamiliar y contra la pareja han seguido creciendo, aunque sea ligeramente. Suponen el 37,5% de las medidas cautelares y el 10,8% de las firmes.
(Gráfico 13)
Número de medidas definitivas y cautelares ejecutadas en la CAPV (2009-2012)
Fuente: Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública de Gobierno Vasco
El 8% de las medidas impuestas en 2012 han sido cautelares. No se observan cambios significativos en las libertades vigiladas y, tanto el número, como la duración de los internamientos, ha disminuido. En relación con la convivencia en grupo educativo como medida cautelar, que en 2012 han sido 3, compartimos la reflexión que traslada el departamento sobre lo “poco oportuno de esta medida, dada la naturaleza y regulación legal de la misma, cuya ejecución requiere un trabajo, reposo y atención que la naturaleza cautelar no permite”.
(Gráfico 14)
Número de medidas cautelares ejecutadas en la CAPV, según modalidad (2009-2012)
Fuente: Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública de Gobierno Vasco
El 92% de las medidas ejecutadas en 2012 son firmes y su cumplimiento se realiza en un 72,8% en medio abierto, frente al 27,2% de las realizadas en centro (internamientos, convivencias y permanencias de fin de semana). Respecto a años anteriores, en 2012 se producen algunos cambios muy significativos en las principales medidas definitivas:
(Gráfico 15)
Número de medidas firmes ejecutadas en la CAPV, según modalidad (2009-2012)
Fuente: Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública de Gobierno Vasco
Para la aplicación real de las medidas, uno de los factores determinantes suele ser la mayor o menor disponibilidad de medios y recursos.
(Tabla 3)
Red de centros educativos del sistema de justicia juvenil
Nivel I | Plazas: 39 | |
Centro educativo IBAIONDO | Zumarraga | 39 chicos 5 grupos educativos |
Nivel II | Plazas: 55 | |
Centro educativo URGOZO | Zugastieta | 9 chicos |
Centro educativo TXEMA FÍNEZ | Aramaio | 10 chicos |
Centro educativo URIBARRI | Arrazua-Ubarrundia | 16 chicos |
Centro educativo ANDOIU/GORBEIA | Vitoria-Gasteiz | 19 chicas |
Nivel III | Plazas: 10 | |
Residencia de autonomía | Bilbao | 6 mixta |
Residencia de autonomía | Donostia-San Sebastián | 4 chicos |
Total plazas disponibles | Plazas: 104 |
Directamente relacionada con la disminución de las medidas, la tasa de ocupación media de la red de centros de justicia juvenil ha ido decreciendo a lo largo de 2012, situándose entre el 70% y el 80%. Esta ha sido la razón del cierre de dos residencias de autonomía a comienzos de año y el centro específico para el cumplimiento de medidas de permanencia de fin de semana. En total, 18 plazas.
El sistema se completa con la red de servicios en medio abierto, que mantiene los equipos en cada uno de los territorios históricos y ve consolidados los centros de día, que ofrecen un total de 36 plazas distribuidas proporcionalmente a la población de éstos.
Pero más allá de la necesaria y adecuada disponibilidad cuantitativa de recursos, cabe preguntarse por otros aspectos contemplados en la normativa citada más arriba y que vienen a respondernos sobre la mayor o menor idoneidad de la intervención desde claves educativas. Así, aun cuando se nos ha informado de que existe una circular relativa a la conciliación en fase de cumplimiento por la que se recomienda que en los Proyectos Educativos Individuales en los que se entienda pertinente se establezca un área de trabajo específica que, desde la responsabilización de la propia conducta, de sus consecuencias, implicación en otras personas, etc. se llegue a plantar la posibilidad de iniciar un proceso de mediación/conciliación, en opinión de algunos profesionales con los que hemos podido conversar, esta posibilidad no está siendo suficientemente utilizada.
En lo tocante a la recomendación 3ª del informe de Infancias vulnerables sobre “establecer dependencias policiales y registros específicos para menores”, ya se recoge en el área de Interior del informe ordinario que los centros de detención de la Ertzaintza continúan sin dotarse de dependencias específicas de custodia para las personas menores, como exige la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero (art. 17.3). Las nuevas instalaciones de la Policía Municipal de Bilbao, también visitadas por personal de esta institución, sí disponen de esta sala específica, aunque se han hecho algunas propuestas de mejora al entender que no cumple por completo el principio de separación exigida (cuya finalidad es evitar que las personas menores tengan contacto con los detenidos adultos), ya que se encuentra ubicada al lado de otras salas y espacios de uso común, además de que el itinerario de acceso a ella es también común para unas y otras personas.
La recomendación 4ª pone la mirada en el servicio de defensa ofrecido por el turno de oficio de abogados y la formación específica de éstos. La creación de un turno específico de menores que requiere a los letrados y letradas de una formación específica para ser incluidos en el mismo es un avance importante en la pretensión legislativa. Ahora bien, testimonios a los que hemos tenido acceso directamente nos trasladan algunas prácticas con carencias de especialización y, sobre todo, con formas de trabajo de la jurisdicción de personas adultas. Parece pues que habrá que seguir avanzando en la mejora de la formación específica de los letrados y letradas del turno de oficio de personas menores.
Sí se han producido mejoras en la coordinación entre los servicios de justicia juvenil y los servicios sociales de infancia en desprotección, objeto de la recomendación 5ª del informe señalado. De hecho, ya el pasado año se daba cuenta de la aprobación del protocolo de actuación para la coordinación de ambos sistemas y, tal y como hemos podido comprobar en el transcurso de visitas y tramitación de quejas, además de ser corroborado por las personas responsables de éstos, el nivel de satisfacción y el avance en la eficacia son evidentes.
Como la literatura especializada y las personas profesionales trasladan, los niños y niñas en situación de mayor vulnerabilidad están más expuestos a presentar dificultades en los distintos ámbitos de sus vidas. Esto es así también en lo concerniente a los y las adolescentes que, encontrándose en cierto nivel de desprotección y, por tanto, siendo objeto de atención por parte de los servicios sociales de protección a la infancia, trasgreden la norma y comenten algún delito que les pone en contacto con el sistema judicial. De los cinco colectivos que en los últimos años han participado de la atención de ambos sistemas, llama la atención el crecimiento incesante (porcentualmente mayor en chicas) del número de adolescentes que agreden en el seno de sus familias o a sus parejas y es necesaria una separación de su medio. Es significativa también la reducción en 2011 y 2012 de menores extranjeros no acompañados, reflejo, por otra parte, del descenso en el número de llegadas a nuestro territorio de estos chicos en ese período.
De los avances en la atención sanitaria y en la colaboración con el sistema sanitario (recomendación 6ª), sólo hemos tenido constancia del inicio en 2012 de visitas regulares del psiquiatra del CSM de Zumarraga al centro educativo Ibaiondo. Como ya se ha venido señalando en informes anteriores, la atención a la salud mental de los y las adolescentes que lo precisan desde los servicios públicos presenta importantes lagunas, máxime teniendo en cuenta que el número de personas afectadas va en aumento. En todo caso, esta debilidad en la atención no se circunscribe a estos colectivos sino, tal y como ya se ha expuesto en el apartado sobre Sanidad de este mismo informe, a las carencias y limitaciones actuales de la respuesta a la salud mental en la CAPV.