2.5. Derecho a la tutela judicial efectiva. Principio de presunción de inocencia
Art. 24 de la Constitución Española
"1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión".
"2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia del letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.
La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos".
En muchas ocasiones y más allá de los problemas concretos que plantean las quejas contra la Administración de Justicia, subyacen situaciones de pobreza, debilidad o exclusión social. La situación de crisis económica ha hecho que estas situaciones de personas con problemas de exclusión en sentido amplio no solo se hayan dado en el ámbito penal, sino también en la jurisdicción civil.
Es de destacar este año las quejas de personas que se enfrentaban a procedimientos de embargo y desahucio como consecuencia del impago de préstamos suscritos con garantía hipotecaria sobre su vivienda.
La excesiva dilación de los procesos judiciales, el trato dispensado por el personal al servicio de la Administración de Justicia o errores y negligencias en el funcionamiento siguen siendo los principales motivos de queja. Este año se han dado también reclamaciones relativas a la ejecución de resoluciones judiciales, todas ellas relacionadas con procedimientos matrimoniales.
En materia de justicia gratuita hay que mejorar el proceso de comunicación entre las instancias encargadas de hacer efectivo ese beneficio y la persona que lo solicita.
El aumento del número de personas que plantean que carecen de medios para costearse su defensa en juicio y el incremento de la litigiosidad son otras de las consecuencias de la crisis económica.
Se valora positivamente que este año se haya ampliado el servicio de mediación intrajudicial a todos los juzgados
En cuanto a los retrasos en la tramitación de los procesos judiciales, varias quejas pusieron de manifiesto la existencia de expedientes paralizados por causa de bajas no cubiertas entre el personal de los juzgados. Estos casos fueron solucionados por la diligente intervención de la Administración de Justicia y deberán ser solventados en el futuro con los criterios organizativos de la nueva oficina judicial.