E) Recomendaciones sobre el sistema sanitario
45. Garantizar el consentimiento informado de los me
nores
Las personas me
nores de edad deben estar informadas de las enfermedades que padecen en un lenguaje adecuado a su madurez y nivel de comprensión. Además, es necesario su consentimiento, cuando tienen dieciséis años, para la realización de intervenciones clínicas indispensables, en el caso de que no sean incapaces o no estén incapacitados (Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica). La normativa también prevé que debe oírse al me
nor si tiene doce años cumplidos.
Este derecho a ser informado y a participar en las decisiones que le incumben, como es la posibilidad de elegir entre distintos tratamientos mé
dicos para hacer frente a un problema de salud, o sobre el buen uso de me
dicación, o la información y el derecho a poder elegir entre diversos tratamientos y terapias, debe garantizarse con los me
dios apropiados. Para ello es necesario que las audiencias que se hacen a los me
nores consten en su expediente y puedan ser cotejadas.
46. Prioridad a la atención infantil y a la prevención y detección tempranas
En varias ocasiones se ha insistido, en este informe, en la importancia de la prevención y la detección temprana, especialmente en las situaciones de especial vulnerabilidad que afectan a la infancia.
En este sentido, la atención a la población infantil tendría que tener la máxima prioridad dentro del sistema sanitario; una prioridad que se pondría de manifiesto, por ejemplo, en la especialización de los profesionales o en los recursos puestos a su disposición.
De cara a la prevención y detección temprana de situaciones de riesgo o especial vulnerabilidad, resulta necesario destacar aquí el papel central que tienen los/las pediatras y, en determinados casos, también los servicios de urgencia o las unidades ambulatorias u hospitalarias.
La existencia de protocolos de detección y actuación ante posibles situaciones de maltrato a me
nores puede ser un buen ejemplo de lo que decimos. Se trata de una información obtenida por los servicios sanitarios que, con las necesarias cautelas, puede ser de enorme interés para la adecuada intervención de otros sistemas (servicios sociales, servicios educativos, servicios policiales…).
47. Utilización de indicadores de salud como elementos de seguimiento
En el plano internacional se ha ido extendiendo la práctica de utilizar determinados indicadores de salud como instrumentos para "medir" el grado de aplicación del derecho a la salud de las personas me
nores y comparar, por ejemplo, la situación entre diferentes países o diferentes años. Indicadores relacionados, por ejemplo, con la esperanza de vida en el primer año, la obesidad, los abusos de drogas, los embarazos prematuros, etc.
Quien dispone o puede disponer de estos datos, en nuestro caso, es el sistema sanitario. Lo que se pide en esta recomendación es la utilización sistemática y pública de determinados indicadores, como una forma adecuada de seguimiento sobre el estado de salud de la población infantil.
48. Coordinación del sistema sanitario con otros sistemas y desarrollo del espacio socio-sanitario
A lo largo de este informe, tanto en el capítulo 3, centrado en determinadas situaciones de vulnerabilidad, como en el capítulo 4, donde se destacan problemas comunes, como en este mismo capítulo de recomendaciones, hemos venido insistiendo en la necesidad de me
jorar la coordinación entre los diferentes sistemas que trabajan con la población infantil.
De acuerdo con las valoraciones recogidas durante estos años, si es difícil lograr la coordinación con un sistema, éste es, sin duda, el sistema sanitario, seguramente por muy diferentes razones.
De hecho, la institución del Ararteko presentó incluso un informe extraordinario sobre la necesidad de desarrollar el llamado espacio socio-sanitario. Tal necesidad se abordaba en aquel informe en términos generales; aquí queremos insistir en su importancia, en concreto, en lo que afecta a la infancia.
Todos los sistemas o servicios aquí analizados (el sistema de protección, el sistema de justicia juvenil, el sistema educativo…) coinciden al señalar que la colaboración que el sistema sanitario ofrece a su labor resulta absolutamente insuficiente y necesaria.
49. Mejorar la atención a la salud me
ntal infanto-juvenil
La valoración de insuficiencia de la intervención sanitaria, señalada en el párrafo anterior, se hace especialmente notoria en lo que se refiere a la atención a la salud me
ntal de los me
nores.
Aquí, se echa en falta, por ejemplo, la especialización de suficientes profesionales en psiquiatría infantil, la existencia de planes integrales de intervención no sólo con los me
nores sino también con sus familias, la falta de tiempo suficiente o de continuidad de las intervenciones, la utilización de terapias alternativas a la me
dicación, una mayor implicación de los servicios de salud me
ntal en los centros de protección y de internamiento de adolescentes con graves problemas…